Antonio Baquero Olmos: «Empresas de buzoneo»

Llevo bastante tiempo observando lo que ahora les voy a contar. Y es que cada vez más, las empresas de todo tipo, utilizan a jóvenes y no tan jóvenes para que por un módico precio (sin entrar en detalles), les hagan las labores de publicidad. Me refiero a las empresas que utilizan el llamado buzoneo. Te llenan el buzón de papeles y libretos y además te lo dejan metido a medias en el buzón o metido entre los barrotes si es que hay cancela. Les da igual que sea un buzón de un bloque de pisos, o un barrio o pueblo del cinturón.

 

He mirado por gusto en internet “empresas de buzoneo en Granada” y precisamente sale eso, fotos con los buzones atiborrados y rebosantes de publicidad. Yo personalmente he hablado alguna vez con alguno de estos buzoneros diciéndole que por favor, que metan la publicidad dentro del buzón y les da igual, oigan. Como si de oír llover se tratara. Son órdenes de la empresa.

O sea, que una mañana sales de tu casa a trabajar o a dar un paseo y si comes fuera, al volver, parece que te has ido una semana de vacaciones. Sí, porque el buzón te delata. Parece que no estás, cuando sí estás. Da que pensar si es que estas empresas de publicidad están compinchadas con los cacos o con empresas de alarmas. No creo, aunque cierto es que hay una colaboración indirecta e inconsciente. A veces ni ha salido uno de su casa y tienes el buzón rebosando. Además, muchísimas de estas publicidades, quedan esparcidas por los suelos, ensuciando la ciudad. ¡Qué hacemos entonces con tantos consejos que nos da la policía?

Yo pregunto. En caso de robo en una vivienda por notarse vacía (delatada por el buzón repleto) ¿tendría responsabilidad la empresa o empresas anunciadoras? ¿responsabilidad subsidiaria por ejemplo?

Y para terminar, quiero hablar de las pegatinas que aparecen por todas las fachadas, farolas, puertas y persianas del “Pintor barato” o “Cerrajero 24 h.” O las octavillas en los parabrisas sin permiso. Que constituyen un delito al Medio Ambiente. Llegando a ser infracción grave del artículo 37- B -6 de las Ordenanzas Municipales de Limpieza (Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Granada). Que tiene una sanción de 751 a 1.500 euros.

Por tanto, ahí lo dejo y que cada uno saque sus propias conclusiones.

Antonio R. Baquero Olmos

CÁJAR (GRANADA)

(NOTA: Este artículo de Opinión de Antonio R. Baquero Olmos se ha publicado en la edición impresa de IDEAL, sección Cartas al Director (pág. 23), correspondiente al viernes, 9 de agosto de 2019)

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