En el 3.1.2 se indica que «A fin de facilitar la escolarización del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil que asiste a clase por primera vez y que presente dificultades para su adaptacióln escolar, los Consejos Escolares de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán establecer un horario flexible hasta el 24 de septiembre. En ningún caso, se adoptará con carácter general para todo el alumnado, contemplará el tiempo de permanencia de los niños y niñas en el centro docente, que de manera gradual y progresiva será cada días más amplio.
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