El BOJA número 89 de 9 demayo de 2013 publica la Resolución de 3 de mayo de 2013 de la Viceconsejería, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que prestan los trabajadores de los centros de enseñanza pública no universitaria de Andalucía, públicos y concertados, mediante el establecimiento de servicios mínimos que serán los siguientesel director/a o una persona del equipo y en su caso, un concinero o ayudante de cocina. En el caso de las residencias escolares se mantiene los servicios precisosde cocina y comdor nunca superior al 33 % de los habituales.
1) Centros públicos:
– El director o directora del centro o una persona del equipo.
– 1 persona en cocina: 1 cocinero/a, o, bien, 1 ayudante de cocina.
2) Residencias Escolares:
Se mantendrán los servicios precisos de cocina y comedor para la atención adecuada del alumnado,
nunca superior al 33% de los habituales, salvo que dicho porcentaje sea inferior a la unidad.
3) Centros concertados:
El Director o Directora del centro educativo o una persona del equipo.
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