La consejera de Educación, Adelaida de la Calle, valora la «marcha atrás» del Ministerio en los nuevos requisitos de concesión de las becas al alumnado con necesidades educativas especiales y que supondría que más de 7.000 estudiantes andaluces se quedarían sin percibirla. El propio Ministerio ha comunicado esta decisión a la Junta de Andalucía a través de una carta.
Para De la Calle, en este asunto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte «ha ido a doble velocidad, por un lado detrás de la propia realidad de los afectados con la incertidumbre que les ha generado y, por otro, la inercia del Ministerio, que lento de reflejos ha tenido que rectificar dos veces una, ampliando el plazo y otra, modificando los requisitos de la beca».
La consejera advierte al Ministerio de que «debe aprender que a través de la imposición y el ordena y mando no se pueden tomar decisiones que afecten a la igualdad de oportunidades del alumnado». Asimismo, De la Calle lamenta que solo cuando la Junta ha hecho público «tal despropósito y las asociaciones han levantado su voz para resolver una situación injusta se han cambiado los criterios». En este sentido, ha destacado que «hay un camino más fácil, el diálogo y la participación. Esperemos que sirva de ejemplo».
Adelaida de la Calle ha señalado que desde el primer momento la Junta ha sido consciente del agravio y perjuicio que suponía el cambio de criterios con este alumnado. Para ello, la Consejería ha mantenido distintas reuniones con representantes de los colectivos afectados: Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Andalucía, CERMI (incluyendo a FEAPS, ANDADOWN, AUTISMO ANDALUCÍA y ASPACE), y de FAHYDA (entidad representativa del alumnado con TDAH en Andalucía). «Quiero felicitar a las asociaciones que se han implicado para resolver esta situación y con la que la administración ha estado en permanente contacto», ha señalado.
La titular de Educación ha recordado que el Ministerio había introducido en esta convocatoria de becas, como novedad, que el alumno solicitante cuente con un certificado de discapacidad o un diagnóstico clínico de trastornos graves de conducta. Este requisito excluye de la condición de potenciales beneficiarios a las niñas y niños de menor edad, con retrasos graves en su desarrollo pero que aún no cuentan con una discapacidad reconocida, así como a los alumnos y alumnas con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), que en su mayoría no cuentan con una certificación de discapacidad.