Jesús Fernández Osorio: «El oficio de maestro; una profesión al servicio del pueblo (II)»

Este maestro en el CEIP Reina Fabiola (Motril) nos ofrece la continuación de su artículo iniciado la semana pasada:

 

Para seguir aportando alguna noticia más sobre las diversas penalidades que pasaban los maestros he recurrido a las páginas de «El Defensor de Granada», el diario de mayor prestigio de la prensa provincial del último cuarto del siglo XIX y primer tercio del siglo XX. Publicación decana de los periódicos granadinos que, como es sabido, el 20 de julio de 1936, en los primeros momentos de la sublevación militar en Granada, será clausurado y su director, Constantino Ruiz Carnero, detenido y fusilado. Periódico este que, debemos dejar constancia, desde su fundación, en el año 1880, por el periodista Luis Seco de Lucena, siempre dedicará una especial atención a la labor educativa, a la escuela y a la situación de los maestros y maestras en nuestra provincia.

En una de sus numerosas crónicas se hará eco del fallecimiento del maestro de la villa de Charches, en la comarca de Guadix, en los primeros meses de 1881. En la misma se atribuye como posible causa de su repentina muerte al “estado de miseria en que la falta de pago de sus haberes le tenía constituido” (2). Además, se añade que fueron frecuentes sus reclamaciones al alcalde, al no recibir sus correspondientes honorarios en los “cuatro o cinco años que desempeñó la escuela”. Circunstancias de abuso y atropello que condicionarán la relación entre ambos, pues, según se deja apuntado, “no se querían muy bien”. Para concluir la información periodística el corresponsal del diario dejará anotado, no sin cierta dosis de ironía, que “con el fallecimiento del profesor han terminado sus reclamaciones y las inquietudes del Sr. Alcalde” (3).

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Deudas contraídas con los maestros y falta de pago de sus escasos e inciertos haberes que no serán un caso aislado sino que, más bien, constituirán la tónica general en todos y cada uno de los pueblos de la geografía provincial. Por ello y para tratar de poner algún tipo de remedio desde los organismos provinciales, como la Junta de Instrucción Pública de Granada, se tratará de difundir el calamitoso estado de la situación y, periódicamente, se irán haciendo públicas en prensa las deudas más escandalosas. En las páginas de «El Defensor de Granada», se dará suficiente cuenta de la “situación angustiosa” en que se encontraban los docentes de la escuela primaria por “la falta de pago en que le tienen los ayuntamientos” y, sobre todo, ya se empezará a plantear abiertamente la necesidad de que el Estado tome a su cargo la retribución. Se formularán preguntas tales como: “¿No es el Gobierno quien nombra a los profesores? ¿Por qué no ha de ser el que les pague?”. La respuesta era, con total claridad y contundencia: “nada más justo, nada más lógico” (4).

Mientras tanto la mayor parte de municipios seguirá adeudando la paga de varias mensualidades –y, a veces, hasta de años enteros– a los maestros y maestras. Si bien, se debe hacer constar que, ya estaba establecido por ley que “las atenciones de instrucción se debía anteponer a las demás que debían satisfacer los ayuntamientos”. Justa recomendación que, indudablemente, ante la siempre maltrecha economía de los consistorios, les haría imposible su cumplimiento estricto en la mayoría de los casos.

Ante los reiterados retrasos en el pago a los docentes, los gobernadores civiles se verán obligados a tomar medidas excepcionales contra los ayuntamientos para conseguir el cumplimiento de sus obligaciones al respecto. La principal será la imposición de la correspondiente multa. Sanción económica que unas veces se pagaba y otras les sería perdonaba. Al final, cada ayuntamiento pagaba los sueldos de sus maestros, pero… ¡cuándo no tenían más remedio!

Esto solía ocurrir cuando llegaban las fiestas del pueblo. Aquí encontraron los gobernadores una medida mucho más eficaz que las multas. En la mayoría de las localidades se celebraba algún tipo de festejo taurino y, para ello, se necesitaba el correspondiente permiso de la autoridad competente, es decir, del gobernador civil. Éste, en ese momento, consultaba la lista de los ayuntamientos que aún mantenían atrasos en el pago de salarios a los maestros y […] mientras no hubiese abono ¡no había permiso! Santa medicina.

Con la entrada del siglo XX la vieja aspiración se hará por fin realidad. Los educadores se verán liberados del abandono de las obligaciones de pago municipales. Aunque, de todas formas, sus sueldos seguirán siendo, todavía, más bien escasos ya que en algunas escuelas de la provincia un maestro llegaba a cobrar unas escasas 250 pesetas anuales.

El conde de Romanones, desde el Ministerio de Instrucción Pública, se encargará de adoptar las medidas oportunas. Será con el Real Decreto de 26 de octubre de 1901, “por el que a partir de 1902 se incluirían en los presupuestos del Estado el pago de los maestros” (5), dejando estas “sagradas obligaciones” de depender de los municipios. Paso del pago de los haberes de los maestros al presupuesto del Estado que, además de sacarlos de la dependencia de los ayuntamientos, les librará de su insufrible dependencia caciquil.

Ver también: Jesús Fernández Osorio: «El oficio de maestro; una profesión al servicio del pueblo (I)»

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(1) LOPEZ DOMENCH, R.: La viga de Ohanes: algo más que un conflicto escolar en el siglo XVIII. Revista Complutense de Educación, 2000. Vol. 11, nº1: 153-173. Tomado de unos documentos, comprendidos entre 1734 y 1740, supuestamente existentes en el Archivo Municipal de Ohanes.
(2) El Defensor de Granada, 08/03/1881, p. 1.
(3) El Defensor de Granada, 08/03/1881, p. 2.
(4) Ibídem, p. 2.
(5) DE PUELLES BENITEZ, M.: Educación e ideología en la España contemporánea (1767-1975). Ed. Labor, Barcelona, 1980, p. 250.

 

Jesús Fernández Osorio

Maestro del CEIP Reina Fabiola (Motril).

Autor de los libros ‘Cogollos y la Obra Pía del marqués de Villena.

Desde la Conquista castellana hasta el final del Antiguo Régimen

y ‘Entre la Sierra y el Llano. Cogollos a lo largo del siglo XX

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