Juan Franco Crespo: «El jurado popular»

Esta figura procesal, típica del derecho anglosajón, llegó hasta nosotros a través de las películas americanas y se estableció con infinidad de contradicciones que quedarán solapadas o son «cepilladas» por el mismo sistema político que le daba paso.
Digamos que, políticamente, es algo «bonito» pero en la práctica lo único que se consigue es hacer creer a las masas que todos sirven para todo y luego nos quejamos de los desastres que, en multitud de ocasiones, vemos cada día. Todo nos lo venden con buen envoltorio y luego nos estalla.

La figura jurídica arranca con la antigua Grecia cuando se le conocía como Heliea, entonces ya era un tribunal de justicia popular que se elegía por sorteo pero, el sistema, tal y cómo se concibió, ya era detestado por Platón. El siguiente paso será con el imperio romano, pero comenzaron a aparecer variantes, la elección para integrar el jurado la realizaba el pretor entre el orden ecuestre y el senatorial [ya no era tan popular y se estaba avizorando una profesionalización que ha llegado hasta nuestros días con más o menos fortuna] y se dará un nuevo salto con los pueblos germánicos cuyas juntas solían estar presididas por los soberanos del momento.

En Inglaterra, tras la conquista de los sajones, la figura jurídica echó profundas raíces y desde las islas británicas saltaría, prácticamente, al resto del orbe, un hecho paralelo a la ola expansiva del imperio y, por lo tanto, habitual en la mayoría de los territorios de la Comunidad Británica de Naciones [Commonwealth] que cada vez es menos comunidad y, por lo tanto, menguante en cuanto a su influencia, aunque sus sistemas políticos abdiquen de seguir manteniendo la dependencia monárquica y se constituyan en regímenes republicanos, las instituciones o la formación político-institucional, resultante, difiera poco en cuando a la aplicación práctica del derecho.

Digamos que la figura del jurado popular está presente no sólo en el mundo anglosajón, sino prácticamente en todo el ámbito de la UE [los españoles lo incorporaron en la Constitución de 1978 y sería desarrollado por La Ley Orgánica 5/1995] y, lentamente, se va abriendo paso en otros sistemas políticos, más frecuentemente en las denominadas democracias garantistas que cada vez nos cercenan más derechos a nivel colectivo pero que dotan de poder a las minorías dándose el caso de acabar distorsionando, incluso, el concepto de popular o democrático. Básicamente tendríamos que haber caminado por la senda de la igualdad [todos lo éramos hasta que los políticos iluminados rompieron el statu quo] y, sin embargo, nos fuimos por las particularidades, algo que nos ha llevado a senderos difíciles de transitar y se montó el galimatías correspondiente que ahora nos toca padecer y en donde tampoco escapa esta figura que, sobre el papel queda muy bien, pero que adolece de ciertas garantías por mucho que nos lo vendan como un avancen ¿hay algún vendedor que diga cosas negativas de su producto? Pues eso.

El jurado popular acaba de integrarse en el ordenamiento político taiwanés y, desde el 1 de enero de 2023, por primera vez en la historia insular, esta figura jurídica está presente e inicia su andadura legal: nueve personas serán las encargadas de llevarlo a la práctica [seis civiles y tres jueces profesionales], tienen que tener más de 23 años y serán las encargadas de las deliberaciones y emitir sus veredictos [otra cosa es la realidad pues, cuando el juez máximo no está de acuerdo con la decisión tomada, se podrán reelaborar los veredictos por los profesionales del derecho y, llegados aquí ¿para qué sirve entonces el jurado popular?]

Otro planteamiento será la utilidad o la efectividad de esa retórica figura y el coste que eso conlleva, aunque a la gente de leyes les encante abrir la mano porque con ello se tiene la posibilidad de cambiar la decisión final donde personas del pueblo han realizado un veredicto que puede ser más duro que el de los profesionales de la materia.

Pero volvamos a la isla hermosa que para festejar el hecho de haber filatelizado ese acontecimiento con una hojita bloque de 28 NT$ [poco menos de un euro como valor liberatorio en el correo]. El sello está «encapsulado» en la imagen del edificio Judicial de Taipei, un lugar que forma parte del patrimonio arquitectónico de la isla y que cumple con la transparencia, la verdad y la responsabilidad de impartir justicia aunque, llegados aquí, uno tenga que acordarse del popular dicho gitano de mi infancia feliz donde te largaban aquello de «pleitos tengas y los ganes» [o sea: siempre pierdes].

En el sello aparece la sala judicial, los nueve magníficos, los equipos acusadores, defensores y personal judicial que se encarga de la transcripción de las actas y toda la pompa o boato que estas cosas legales suelen tener.

El diseño fue obra de la Delta Design Corporation, impresión offset multicolor sobre papel fosforescente y una tirada de 520.000 efectos que iniciaron su andadura postal el 23 de enero de 2023. Hubo dos marcas de primer día, una en color rojo que sigue con la ordinal del año de la isla y que corresponde al 112 del ciclo contable en que está el actual período histórico y coronado por la parte más alta por la torre del Edificio Judicial con la bandera insular al viento; el matasellos con la fecha occidental en negro, nos muestra el Edificio Institucional o Yuan Judicial, aquí funciona desde el 16 de noviembre de 1928, si alguien anda por la capital taiwanesa y quiere contemplarlo sólo tendrá que orientar sus pasos hacia el distrito de Zhongzehng.

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Juan Franco Crespo

Maestro de Primaria, licenciado en Geografía

y estudios de doctorado en Historia de América.

Colaborador regular, desde los años 70, con publicaciones especializadas

del mundo de las comunicaciones y diferentes emisoras de radio

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