El texto inicial, elaborado con la participación de los profesionales a través de jornadas técnicas, se remitirá a la Mesa Sectorial en la que están representados los sindicatos de la enseñanza, al Consejo Escolar de Andalucía, y a los demás representantes de la comunidad educativa. Una vez recogidas sus aportaciones, la previsión de la Consejería es aprobar el documento definitivo antes del verano para que comience a aplicarse el próximo curso escolar 2013/14.
En su presentación al Consejo de Gobierno, la titular de Educación ha justificado la necesidad del nuevo decreto tanto por los cambios normativos de la última década como por las nuevas exigencias europeas en materia de resultados, plasmadas principalmente en la Estrategia 2020 de Lisboa, y los avances en los procesos de enseñanza-aprendizaje relacionados con la adquisición de competencias básicas por parte del alumnado y no exclusivamente por contenidos, como venía siendo tradicional.
Mar Moreno ha destacado también que con la nueva regulación de la formación del profesorado se cierra un círculo de reformas en el sistema educativo andaluz que ha tenido, entre otros hitos, los recientes reglamentos orgánicos de centros docentes y el desarrollo de los planes de evaluación.
Como principales novedades, el texto regulará por primera vez aspectos de la formación inicial del profesorado en el ámbito de sus competencias, así como la formación para la función directiva y los objetivos y requisitos específicos de la permanente. Asimismo, situará la demanda de los propios centros como el principal eje de los planes formativos que desarrolle la Junta.
El proyecto de decreto refuerza las medidas para que la formación del profesorado contribuya a la mejora de los resultados del aprendizaje del alumnado, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea que vinculan la preparación de los docentes con el desarrollo de una enseñanza de calidad y equidad.
De este modo, la formación de los profesionales se orientará a la mejora de su competencia docente y directiva para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las enseñanzas a las nuevas necesidades sociales, con especial atención a gestionar la diversidad del alumnado; promover el uso de las tecnologías de la información y la comunicación como una herramienta habitual de trabajo en el aula; difundir modelos de enseñanza y metodologías de investigación e innovación educativa, favorecer el ejercicio de la función directiva en los centros, y fomentar la competencia comunicativa y el dominio de destrezas básicas en, al menos, una lengua extranjera.
Prácticas
La formación inicial, necesaria para obtener la titulación que permite impartir enseñanza, abarcará tanto la adquisición de conocimientos como el desarrollo de capacidades y aptitudes. El componente esencial será la relación permanente e interactiva entre la teoría y la práctica y la preparación para la dirección de los procesos de enseñanza, aprendizaje y desarrollo personal del alumnado.
Los convenios de colaboración que se suscriban con las universidades para estos fines incidirán en la fase de prácticas que se desarrollará en los centros docentes. Hasta ahora la selección de los centros para realizar prácticas, el conocido ‘Practicum’, partía de su propia voluntad, mientras con el nuevo decreto deberán acreditarse tanto los colegios e institutos que quieran acoger prácticas como los tutores de las mismas.
En cuanto a la formación permanente, se concibe como un derecho y una obligación del profesorado, apoyada en la demanda de los centros y en los planes estratégicos de la Administración educativa. La Consejería de Educación realizará una oferta de actividades formativas diversificada, adecuada a las líneas estratégicas del sistema educativo, a las necesidades demandadas por los propios centros y al diagnóstico de necesidades que se desprendan de las evaluaciones.
Las actividades de formación responderán a las necesidades detectadas en la autoevaluación voluntaria de los docentes, a las iniciativas de los centros y a aquellas líneas que desde la Consejería se consideren prioritarias. Asimismo, se promoverá la creación de redes profesionales para estimular el trabajo cooperativo.
Finalmente, la formación para el ejercicio de la función directiva tendrá carácter obligatorio durante el primer año, con el fin de dotar a los docentes de competencias profesionales que les permitan orientar, dinamizar, encauzar y articular las iniciativas de los distintos sectores de la comunidad educativa; ejercer el liderazgo pedagógico, y tomar decisiones adecuadas sobre la organización y funcionamiento del centro docente.
El Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado será el instrumento para establecer el marco de organización y funcionamiento, así como los recursos para atender las necesidades de actualización del profesorado de los centros sostenidos con fondos públicos, incluidos los del primer ciclo de Educación Infantil.
Este modelo se seguirá apoyando en los Centros de Profesorado (CEP), a los que se sumarán los Departamentos de Formación en Secundaria. Se mantiene la red de los 32 CEP actuales, que contarán con autonomía pedagógica y de gestión, configurando un nuevo modelo que optimizará los recursos. Además se creará la figura del Asesor de Referencia que asesorará a cada centro en la elaboración de sus planes de formación.
Todas estas líneas estratégicas en materia de formación, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas del momento, quedarán plasmadas en el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, que tendrá carácter plurianual.