Su trabajo con los tutores no es una cuestión menor. La tutoría que se lleva a cabo de manera individualizada con los alumnos es la parte de la orientación más conocida por las familias dado el uso que hacen de ella
Nuestra sociedad es compleja y la educación, reflejo de ésta, también se ha vuelto compleja. La proliferación de leyes educativas en los últimos años (ocho en total desde 1980), más que paliar esta complejidad, la ha agravado. Diversos factores han contribuido a ello: aparición de nuevos currículos de enseñanza, mayor optatividad en Educación Secundaria Obligatoria, aumento de itinerarios académicos, creación de una nueva modalidad de Bachillerato (el General), desdoblamiento de la modalidad de Artes en dos. Esta complicación afecta también a las enseñanzas de Formación Profesional. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, además de la FP incluida en la educación básica y en los ciclos formativos de grado medio y superior (grado D), amplía su oferta formativa a los cursos de especialización (grado E) y aparece el Proyecto Intermodular. Otro elemento a tener en cuenta es la rapidez con la que se producen los cambios en el mundo laboral. Los alumnos pueden incorporarse a éste al cumplir 16 años, bien con el Título de Educación Secundaria Obligatoria, bien con el Certificado de Escolaridad. Éstos son algunos de los aspectos que los orientadores afrontan en su trabajo con el equipo directivo, los profesores, los alumnos y las familias. Por todo ello y con acierto, la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 25.4, establece que el cuarto curso de la ESO tiene un carácter orientador. El Ministerio de Educación y Ciencia, con una buena visión de futuro, publicó en 1990 el documento ‘La orientación educativa y la intervención psicopedagógica’, donde expuso los principios, funciones y tareas de esta disciplina científica destinada a que los alumnos alcancen su máxima autonomía personal, académica y profesional. Más tarde, en consonancia con lo aquí explicitado, aparecería la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo que recogió la atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional, reconociendo que ésta es un elemento que contribuye a la calidad del sistema educativo. En esta dirección, en 1996, se convocó por primera vez concurso-oposición para orientadores. Sus comienzos no fueron fáciles al punto de que los directores de los centros no sabían asignarles funciones. Si no daban clase, entonces, ¿qué hacían allí?, decían un tanto desorientados, valga la contradicción.
Estos profesionales desarrollan su trabajo en los Equipos de Orientación Educativa compuestos por médicos, psicólogos, pedagogos, maestros y trabajadores sociales. Desde aquí atienden al alumnado de Educación Infantil y Primaria que presenta necesidades educativas especiales. Esto implica su detección, realización de la evaluación psicopedagógica, propuesta de modalidad de escolarización y otras medidas para paliarlas. Dicho colectivo abarca a los alumnos que presentan retraso madurativo, trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastornos de atención o de aprendizaje, desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, altas capacidades intelectuales, incorporación tardía al sistema educativo y necesidades debidas a condiciones personales o de historia escolar.
También implementan su labor en los Institutos de Educación Secundaria donde ejercen funciones en el Departamento de Orientación para dar respuesta a las necesidades de los alumnos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional. Desde éste se lleva a cabo la evaluación psicopedagógica, se elaboran las adaptaciones curriculares y se colabora con el profesorado para llevarlas a cabo. El orientador asiste a las sesiones de evaluación, asesora al profesorado en el desarrollo del currículo y a la comunidad educativa en la mediación y la resolución de conflictos. Igualmente ayuda al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de medidas para los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, colabora en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial y asesora a las familias respecto a la orientación psicopedagógica de sus hijos. A estas tareas se añade la atención a las problemáticas que presenta el alumnado de estas edades, dado que la adolescencia es la etapa más compleja del desarrollo evolutivo de las personas. Otra función crucial de estos profesionales es asesorar a los alumnos que finalizan la Educación Secundaria Obligatoria en su tránsito hacia la Formación Profesional, el Bachillerato o el mundo del trabajo; cómo se accede desde FP al Bachillerato y a la Universidad, y sobre los rasgos más significativos de la PEvAU (selectividad).
El trabajo de los orientadores con los tutores no es una cuestión menor. La tutoría que se lleva a cabo de manera individualizada con los alumnos es la parte de la orientación más conocida por las familias dado el uso que hacen de ella. Aquí no sólo se tratan problemáticas relacionadas con las materias del currículo, sino también de índole personal y social que con bastante frecuencia inciden en su desarrollo académico.
Sin ser pretencioso desearía apuntar tres consideraciones que supondrían una mejora para la orientación: contemplar al orientador también en los centros de Infantil y Primaria, si no uno por centro, sí uno que atendiese a varios dado que este alumnado presenta también necesidades relacionadas con sus ámbitos personal y académico; intentar acercarse a la ratio 1/250 orientador-alumnos/centro establecida por Unesco, que en la actualidad en la mayoría de los IES es de 1/850; y actualizar el temario del concurso-oposición para estos profesionales, que a todas luces se ha quedado obsoleto: data de 1993.
Próxima entrega: «España y el asunto de la educación»
José A. Delgado
Maestro,
doctor en pedagogía
y profesor titular de universidad