La Biblia dice: “Habiendo nacido Jesús en Belén de Judea en tiempos del rey Herodes, unos magos de Oriente se presentaron en Jerusalén preguntando: “¿Dónde está el Rey de los judíos que ha nacido? Porque hemos visto salir su estrella y venimos a adorarlo”: Mateo 2, 1-2.
Los regalos que los Reyes Magos hicieron al Niño Jesús en el Portal de Belén no fueron al azar, sino que tenían una fuerte carga simbólica: el oro representaba su realeza; el incienso su divinidad y la mirra su humanidad y sacrificio. Las peticiones que cada año hacemos a estos Magos no son cosa de niños; también de mayores, porque la ilusión no sabe de edades. De ahí que desee hacer pública mi carta. Como soy pedagogo, les he pedido regalos que tienen que ver con la educación. Se trata de la herramienta más potente que tiene un país para que sus ciudadanos alcancen la excelencia.
- El Gobierno, al inicio del curso académico, debería explicitar el valor de la educación y la importancia de sus profesionales. Ellos son los encargados de favorecer el desarrollo personal académico y social de sus alumnos. Nuccio Ordine (Diamante 1958; Cosenza 2023) fue galardonado con el “Princesa de Asturias de Comunicación y Humanidades” (2023). Para su discurso escribió estas reflexiones que no pudo leerlas porque un derrame cerebral acabó con su vida: “En una época en la que el papel del profesor ya no tiene la dignidad económica y social de antaño, pensé en dedicar el Princesa de Asturias a esos maestros que, en silencio y lejos del foco mediático, cambian la vida de sus alumnos.
- El ejecutivo debe urdir un “Pacto de Estado por la Educación”. Entre otras muchas ventajas tendría la de dar reposo y racionalización al trabajo de maestros y profesores. Desde 1978 han tenido que lidiar con ocho leyes orgánicas: Ley orgánica del estatuto de centros escolares (1980); Ley orgánica reguladora del derecho a la educación (1985); Ley orgánica de ordenación general del sistema educativo (1990); Ley orgánica de participación, evaluación y gobierno de los centros docentes (1995); Ley orgánica de calidad de la educación (2002); Ley orgánica de la educación (2006); Ley orgánica de mejora de la calidad educativa (2013) y Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Las Facultades de Educación deberían abrir sus puertas a especialidades como las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y la Educación Especial. El currículo de este Grado se conformaría mediante contenidos referidos al alumnado que presenta necesidades educativas especiales, retraso madurativo, trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastornos de atención o de aprendizaje, desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa o tener altas capacidades.
- Los jóvenes que deseen cursar Magisterio lo han de hacer por vocación y no por la puerta de atrás. Es decir, porque la nota de selectividad no les ha dado para matricularse en su carrera preferida. Durante su trayectoria profesional se dedicarán a formar a los futuros ciudadanos y profesionales de este país. Ambas misiones son muy serias.
- El Gobierno acometerá la formación del profesorado de Educación Secundaria, hoy inexistente, mediante el diseño de un Grado. Actualmente estos futuros docentes, una vez que finalizan su Grado, se forman mediante el “Máster de Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas”, a todas luces insuficiente. Mientras se diseña aquel Grado, la acción tutorial debe tener más presencia en dicho Máster. Y es que estos docentes, además de impartir el contenido de sus materias, son también tutores de sus alumnos.
- La Administración educativa actualizará los planes de formación continua. El conocimiento avanza a velocidad de vértigo y los docentes deben estar al día en estos avances. En esta actualización tendrá que ocupar una lugar preeminente la manera de cómo imparten los contenidos (metodología) y cómo los valoran (evaluación). Esta formación debe correr a cargo de la Administración y no a costa del bolsillo de los profesores.
- Dada la importancia de la educación de los más pequeños, el Gobierno deberá ampliar la escolarización en Educación Infantil también a su primer ciclo (0-3 años) que debe ser gratuito. Éste tendrá un carácter educativo y no de guardería, dado que en la escuela los niños no se guardan sino que se educan.
- El término guardería debe desterrarse de una vez por todas de la terminología educativa dado que es un un término inexistente en todas las leyes educativas: “Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa”; “Ley orgánica 5/1980, de 19 de junio, que regula el Estatuto de Centros Escolares”; “Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación”; y “Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación”.
- La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) tiene sus características. De ahí que cuando los niños pasan de Educación Primaria a ésta, han de ser asesorados para que su tránsito se haga de manera adecuada. Igualmente debe hacerse al cambiar de ESO a Bachillerato o a Formación Profesional. Los orientadores juegan aquí un papel relevante.
- La orientación del estudiante universitario se ha de revitalizar e institucionalizar. Ésta es una idea respaldada desde el Espacio Europeo de Educación Superior: Londres 2007, Lovaina 2009, y Bucarest 2012. También el Estatuto del Estudiante Universitario establece las bases para diseñar un Sistema Integral de Orientación en esta institución. Y Ley orgánica 2/2023 de 22 de marzo del Sistema Universitario recoge como una de las funciones de la universidad “Preparar a los estudiantes para el ejercicio de actividades profesionales” (art. 2), y que “Los estudiantes tienen derecho a las tutorías, al asesoramiento y a la orientación psicopedagógica, y en especial, a un servicio de orientación que facilite su itinerario formativo y su inserción social laboral (art. 33).





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